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Tribunal Electoral exhorta al Congreso pronunciamiento respecto a quien debe encabezar alcaldía de Actopan

Foto por: Los Editores / Xalapa, Ver.
Tribunal Electoral exhorta al Congreso pronunciamiento respecto a quien debe encabezar alcaldía de Actopan
22 de Junio de 2020 23:10 /
Redacción Los EdiitoresEl Congreso local tiene un plazo de siete días para emitir un pronunciamiento debidamente fundado y motivado, respecto a quien debe encabezar la Presidencia Municipal de Actopan, determinó el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
El proyecto del Magistrado Roberto Eduardo Sigala Aguilar fue avalado con mayoría de votos, donde señalaron que la legislatura debe proceder atendiendo a las normas aplicables, que den certeza y seguridad jurídica a su actuación, así como a las circunstancias jurídicas de la controversia constitucional 17/2020.
“Asimismo, de actuaciones se observa que el Congreso del Estado no se ha pronunciado respecto a la solicitud formulada por el ciudadano en cuestión en los oficios mencionados, esto es, que se dé respuesta puntual a cada uno de los mismos”, coincidieron los magistrados.
Y es que coincidieron en la ilegalidad de la sesión de Cabildo de Actopan del pasado 12 de marzo del presente año donde se nombró Presidente Municipal Interino a Eduardo Carranza Barradas, sin embargo, en la Ley Orgánica del Municipio Libre no existe dicha figura.
Por lo que se instruyó al Congreso local que responda a los oficios del alcalde suplente, José Alfredo López Carreto de fecha 5 de marzo, donde exhorta a que le tomen posesión del cargo, dado que fue omiso al respecto.
Coincidieron en que el ciudadano José Alfredo López Carreto, tiene vigente y goza plenamente de sus derechos político-electorales, al ostentar el carácter de Presidente Municipal Suplente.
Calificaron de fundado el agravio que impugna el impedimento para que López Carreto pueda ejercer el cargo de alcalde, ya que se da a partir de una renuncia.
Por lo anterior, se designó a un presidente interino por parte del Congreso del Estado y del Ayuntamiento de Actopan.
Y es que desde marzo pasado el Ayuntamiento de Actopan está funcionando a través de un Presidente Municipal Interino, derivado del acta de sesión de esa misma fecha.
Por lo que procede en derecho es revocar el acta de cabildo del pasado 12 de marzo, respecto al nombramiento del Presidente Municipal Interino, y en consecuencia la legislatura del estado debe proceder al respecto y el TEV le otorga siete días para hacerlo.