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Con Cámaras Propone gobernador a congreso mejoras en la vigilancia de centros comerciales

07 de Noviembre de 2017 13:42 /

Con el fin de evitar actos delictivos, todo centro comercial de giro mercantil deberá establecer su propio "big brother" , así como instalar un botón de alerta conectado directamente al C4, a propuesta del gobernador Miguel Ángel Yunes Linares.

Además, todos los empleados de los comercios serán fiscalizados, pues la propuesta incluye que los datos personales pasen a manos de la autoridad veracruzana.

Este martes, el mandatario presentó al Congreso local una propuesta de Ley que obliga a los centros comerciales de giro mercantil de mediano y alto impacto a poner un botón de alerta, así como instalar cámaras de videovigilancia y ponerlas a disposición de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) a fin de disminuir la incidencia delictiva que engloba a los comercios.

Se trata de la Ley que Regula los Establecimientos Mercantiles en Materia de Seguridad del Estado, misma que establece que los equipos estarán enlazados a dicha Secretaría “para efectos de brindar atención en forma inmediata”.

El proyecto establece que la SSP podrá implementar acciones inmediatas de inteligencia en el ámbito de sus atribuciones para el combate a la delincuencia, mismas que estarán interconectados a los sistemas del Centro Estatal de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo.

Dentro de la propuesta de Ley destaca el punto que obliga a los centros comerciales a proporcionar a la Secretaría la base de datos de su plantilla de personal, “con sus datos de identidad, mismos que estarán bajo su resguardo”.

Lo anterior estará regulado mediante la misma iniciativa y su reglamento, así como la Ley del Sistema Estatal; la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Además, Yunes Linares propuso a los diputados que los centros mercantiles solo brinden seguridad a través de los prestadores de servicios de seguridad privada legalmente autorizados, de conformidad con los requerimientos que emita la Secretaría de Seguridad Pública.

Entre otras disposiciones, se buscará homologar las especificaciones técnicas del sistema de video vigilancia de los establecimientos mercantiles en los términos que señale la Secretaría.

Asimismo los propietarios tendrán que cumplir con las medidas de seguridad y dar aviso ante una situación de emergencia a la Dirección General del Centro Estatal de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo a través del número de emergencia 911.

Igualmente deberán de dar acceso al personal de la SSP a las cámaras de videovigilancia o su circuito cerrado; proporcionar las videograbaciones de los probables hechos delictivos a la Secretaría, Fiscalía General o las autoridades competentes.

El titular del Ejecutivo justificó que su propuesta tiene por objeto proteger los establecimientos mercantiles y las personas que acuden a los mismos contra toda acción delictiva que violente sus derechos humanos.

A su vez la Ley crea el Registro Estatal de Equipos y Sistemas Tecnológicos para la Seguridad a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, además d establecer que los propietarios de los establecimientos unificarán sus equipos y el botón de alerta.

Los establecimientos se clasificarán bajo el giro mercantil de bajo; mediano y alto impacto, no obstante solo los de bajo impacto estarán exentos de la aplicación de las medidas de seguridad previstas.

Finalmente se establece que queda prohibida la colocación de videocámaras en instalaciones y lugares en los que vulneren la intimidad de alguna persona, por lo que la Secretaría podrá ordenar el retiro de aparatos que contravengan dicha disposición

La iniciativa de Yunes Linares agrega que la información obtenida bajo este esquema será considerada como un medio de prueba, así calificada en los procedimientos ministeriales y judiciales establecidos en la normativa federal y estatal correspondiente.

Así, tanto la SSP como los propietarios de los establecimientos comerciales estarán obligados a remitir inmediatamente la información obtenida cuando sea requerida por la autoridad competente.

La información también podrá ser intercambiada o suministrada con la Federación, Estados y Municipios del país, según las leyes en materia de seguridad.

Entre los derechos de los propietarios responsables de los establecimientos mercantiles se propone que podrán recibir asesoría para la adquisición e instalación de equipos y sistemas tecnológicos, así como orientación en la implementación del uso del botón de alerta y el enlace correspondiente.

Se establece que la información que se obtenga será clasificada como confidencial y reservada, por lo que solo tendrán acceso a ella las autoridades competentes en materia de investigación y persecución del delito, así como los órganos que procuran y administran justicia.

Asimismo podrá ser preservada en la forma y plazos dispuestos en el reglamento de la Ley. Sin embargo, solo podrá ser utilizada en la prevención de los delitos, principalmente a través de la generación de acciones de inteligencia y de las herramientas para la toma de decisiones en materia de seguridad, o en casos de la comisión de hechos presuntamente delictivos.

En los transitorios se establece que los sujetos obligados contarán con 90 días naturales para aplicar las medidas de seguridad previstas en la Ley.
Además, el Ejecutivo contará con un plazo de 60 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la Ley, a efecto de realizar las modificaciones al Reglamento Interior de la SSP y a fin de expedir el Reglamento de la Ley que Regula los Establecimientos Mercantiles en materia de seguridad.

Igualmente, la Secretaría de Finanzas deberá de hacer las previsiones a fin de que la SSP cuente con la infraestructura, recurso humano, financiero y material necesario para la implementación de la Ley.

D.

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