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En ORFIS Crean nuevas áreas para revisión de cuenta pública 2017

07 de Agosto de 2017 11:15 /

Para la revisión de la cuenta pública 2017 que dará inicio a partir del primero de enero de 2018, se acordó la se acordó la creación de las áreas de Investigación y de Substanciación, destacó el titular del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), Lorenzo Antonio Portilla Vázquez.

“Debemos tener presente que para la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2017, que iniciaremos el 1º de enero de 2018, el ORFIS deberá tener en operación dichas instancias en cumplimiento de la Ley, de ahí la importancia del Acuerdo establecido por los integrantes del Grupo Regional 4”, destacó.

En el mensaje que dirige cada lunes, recordó que estos fueron los acuerdos derivados de la reunión del Grupo Regional 4 de la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental que se celebró el mes pasado en Chiapas, por lo que se llevarán a cabo reuniones virtuales para trabajar en conjunto con las entidades del sureste en el tema.

“Se integró un Grupo de Trabajo que analizará la creación de estas dos áreas, para lo cual en primera instancia se harán reuniones virtuales, las que se iniciaron el pasado lunes 31 de julio, con el objeto de definir la metodología a desarrollar, los objetivos y metas a alcanzar y, posteriormente de manera presencial se continuará con las tareas que se deriven”, detalló.

Puntualizó que estas áreas tienen actividades específicas que se aplicarán durante los procesos de revisión, a partir de la cuenta pública 2017 que se revisará al concluir el año.

“Es trascendental la forma en que se integrarán estas áreas en nuestra estructura orgánica, ya que en términos del artículo 3 de la citada Ley, la primera se encargará de la investigación de las faltas administrativas y la segunda, dirigirá y conducirá el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del Informe de presunta responsabilidad hasta la conclusión de la audiencia inicial”, explicó.

Puntualizó que que la función de la autoridad substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una autoridad investigadora.


Dsv

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